El Tribunal Supremo, en sentencia de fecha 30 de septiembre de 2011, notificada hoy, restablece en El Algarrobico la protección que tenía en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de 1994, es decir “áreas naturales de interés general”, espacio protegido no urbanizable. Con esto da la razón a la demanda de Ecologistas en Acción y abre la puerta definitiva al derribo del hotel.