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La UE vigilará a los ciudadanos de opiniones radicales...FELIZ 1984!

Martes, 22 de Junio de 2010

Entre los logros de la Presidencia española de la Unión Europea, ha pasado
prácticamente desapercibida la aprobación de un programa de vigilancia y
recolección sistemática de datos personales de ciudadanos sospechosos de
experimentar un proceso de “*radicalización*”. Este programa puede dirigirse
contra individuos involucrados en grupos de “*extrema izquierda o derecha,
nacionalistas, religiosos o antiglobalización*”, según figura en los
documentos oficiales.

El pasado 26 de abril, el Consejo de la Unión Europea reunido en Luxemburgo
abordó el punto del orden del día titulado “Radicalización en la UE”, que
concluyó con la aprobación del documento
8570/10<http://register.consilium.europa.eu/pdf/es/10/st08/st08570.es10.pdf>.
La iniciativa forma parte de la estrategia de prevención del terrorismo en
Europa, y se concibió inicialmente para grupos terroristas islámicos. Sin
embargo, el documento extiende la sospecha de tal forma y en términos tan
genéricos que da cobertura a la vigilancia policial de cualquier individuo o
grupo sospechoso de haberse radicalizado. Así, un activista de una
organización civil, política o ciudadana, sin vínculos con el terrorismo,
podría ser espiado en el marco de un programa que invita a investigar desde
el “*grado de compromiso ideológico o político*” del sospechoso, hasta si su
situación económica es de “*desempleo, deterioro, pérdida de una beca o de
ayuda financiera*”.

El documento aprobado recomienda a los Estados miembros que “*compartan
información relativa a los procesos de radicalización*”. ¿Qué entiende la UE
por radicalización? El texto debería definir el concepto, pues eso
permitiría acotar la vigilancia al ámbito del terrorismo islamista, pero no
lo hace. Se insta, por el contrario, a considerar entre los objetivos a todo
tipo de defensores de ideas heterodoxas. El acuerdo pone también bajo la
lupa policial a ciudadanos que defiendan las ideas radicales clásicas, las
de aquellos partidarios del reformismo democrático que tanto bien han hecho
a la democracia. Incluso podría aplicarse contra quienes se consideren
radicales en sentido etimológico, pues “radical” es, ni más ni menos, el que
aborda los problemas en su raíz.

El acuerdo pulveriza el espíritu europeo de tolerancia hacia todas las
ideas, siempre que se defiendan mediante la palabra pues, en su afán de
prevenir el terrorismo, amplia el abanico de sospechosos hasta diluir la
notable diferencia entre los medios con que se defienden las ideas y las
ideas mismas.

El programa completo de vigilancia está recogido en un documento anterior, el
7984/10, titulado “Instrumento para almacenar datos e información sobre
procesos de radicalización
violenta<http://www.statewatch.org/news/2010/apr/eu-council-rad-instrument-7984-add1-10.pdf>”,
de marzo de este año. Casualmente, a este texto se le dio carácter
confidencial, y sólo se ha conocido gracias a que la organización de defensa
de las libertades civiles statewatch.org <http://www.statewatch.org/>ha
tenido acceso a él y lo ha hecho público. La ONG denuncia que este programa
“*no se dirige en primer lugar hacia personas o grupos que pretendan cometer
atentados terroristas, sino a gente que tiene puntos de vista radicales, a
los que se define como propagadores de mensajes radicales*”.

Entre los objetivos del documento secreto figura “*combatir la
radicalización y el reclutamiento*”, e incluye alusiones relativas a la
persecución de quienes inciten al odio o a la violencia que sí parecen
dirigidas a grupos terroristas o filoterroristas. Sin embargo, éstas
resultan innecesarias, pues ya están castigadas en la legislación penal de
los países europeos. El texto alude indistintamente a la “radicalización” y
la “radicalización violenta”, asociando el recurso a la violencia con todo
tipo de ideas extremas o antisistema. El documento invita a los gobiernos a
vigilar “*los mensajes de radicalización*” hasta un punto rayano en la
vulneración de la libertad de expresión. El programa invita a escrutar las
audiencias a las que se dirigen los mensajes radicales, si éstos apoyan o no
la violencia, si existen otros grupos con las mismas ideas que renieguen de
la violencia, cómo se transmiten los mensajes radicales, etc.

Al descender al detalle de la vigilancia individual, recomienda investigar
incluso los sentimientos de las personas que militen en grupos sospechosos,
mediante planteamientos como el que insta a recabar información sobre
los “*sentimientos
de la persona en relación con su nueva identidad colectiva y los miembros
del grupo*”. Y con preguntas como: *“¿Ha hecho la persona comentarios sobre
asuntos, principalmente de naturaleza política, usando argumentos basados en
mensajes radicales? ¿Ha hecho comentarios sobre su intención de tomar parte
en un acto violento?*”. De este modo, el acuerdo abre una peligrosa vía de
persecución de las ideas, los argumentos y hasta los estados de ánimo.

La reunión en la que se aprobó este programa de vigilancia ciudadana estuvo
presidida por el ministro de Asuntos Exteriores, *Miguel Ángel Moratinos*,
ya que España ostentaba la Presidencia de turno de la UE. Asistió también el
secretario de Estado para la UE, *Diego López Garrido*, así como la mayor
parte de los ministros de Asuntos Exteriores comunitarios.


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