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Medidas penales contra las okupaciones

Medidas penales contra las okupaciones

La reforma del Código Penal, que entrará en vigor dentro de seis meses, recoge penas de cárcel para las ocupaciones de inmuebles realizadas con "violencia”. Una medida “anticrisis” para proteger a los propietarios.

 

“Aunque la Reforma no vaya destinada directamente contra el movimiento de okupación, seguramente sí ha venido motivada por un aumento de ocupaciones por motivos económicos fruto de la actual crisis.

Cada vez son más las personas que, ante la dificultad de acceso a la vivienda, deciden dar ese paso”, valora Jaume Asens, abogado del movimiento de okupación barcelonés. Y es que la última reforma del Código Penal (CP), la número 26 en 15 años, que ha sido aprobada por el Senado a primeros de junio y que entrará en vigor en diciembre, endurece los castigos para ciertos delitos de “usurpación”.

En respuesta a una petición de CiU, el artículo 245.1, relativo a la “usurpación violenta” (las realizadas con “violencia o intimidación en las personas”), ha sido modificado y su castigo ascenderá a uno o dos años de cárcel dependiendo “de la utilidad obtenida y del daño causado”. Antes, la okupación violenta se castigaba con penas de entre seis y 18 meses. Ibai Arbide, otro abogado con experiencia en la defensa de okupaciones en Barcelona, coincide en la valoración de este cambio legal.

Considera que, junto a otras medidas como el desahucio exprés, “son reformas legislativas que supuestamente son medidas anticrisis” y que pretenden “dar la sensación de que se protege más a los propietarios”.

Ambos letrados coinciden también en que la modificación del artículo estaría destinada, en todo caso, a la llamada “ocupación con c”, la realizada por personas que, empobrecidas, no tienen acceso a una vivienda o la pierden y deciden entrar sin más planteamiento político en una casa vacía. Así, según aclara Asens, el cambio no afecta al movimiento de okupación, puesto que “la primera característica del delito de usurpación violenta es que ésta ha de ser ejercida sobre las personas, no las cosas, y en el caso de las okupaciones –con k, las politizadas–, esto no se produce”.

La “okupación pacífica” recogida en el artículo 245.2, no ha sufrido cambios y sigue estableciendo penas de multa de tres a seis meses, que pueden agravarse con acusaciones de resistencia a la autoridad, o por infracciones relacionadas con ‘pinchar’ el agua o la electricidad. Apenas ha habido condenas por este delito desde 1995 y los casos suelen ser archivados. Por ello, a juicio de Arbide, la reforma podría tener una función simbólica, ya que “el mensaje que se lanza es que se protege todavía más la propiedad”.

Para Iñaki Carro, abogado de la Oficina de Okupación de Bilbo, “podría tratarse de márketing, para decir que se endurecen las penas, cuando no es así”. Carro, que está realizando un estudio de jurisprudencia relativa a la okupación, remarca la nula aplicación de este supuesto al movimiento desde 1995. Una preocupación electoral En Barcelona, tanto PP como CiU están utilizando la okupación como tema estrella en sus actuales campañas electorales. A la petición de CiU de endurecer las penas por usurpación, recogida ya en la reforma del CP, se suma la campaña Desocupar Barcelona de Okupas, impulsada por el PP. El candidato popular Alberto Fernández ha propuesto la creación de Oficinas Antiokupas para respaldar a propietarios y vecinos.

Asimismo, plantea modificar la ley para establecer de modo más contundente el desalojo exprés: que el Ayuntamiento se persone judicialmente en todas las diligencias abiertas por okupación, incrementar la plantilla de la Guardia Urbana o que se actualice el censo de los inmuebles ocupados, que en marzo se estimaban en 249 –frente a los 307.859 pisos vacíos según el último censo del Instituto Nacional de Estadística, que data de 2001–, “para su desocupación inmediata”. Fernández denuncia “el ‘efecto llamada’ de radicales y antisistema que se produce en Barcelona”.

Tanto PP como CiU han realizado en la prensa duras declaraciones en las que descalificaban a los okupas y acusaban al Tripartito de estar de su lado. “En su imaginario, atacar a la okupación implica poner en un aprieto al Tripartit”, explica Arbide, “cuando en la práctica todos sabemos cómo actúan tanto los Mossos como el Tripartit. Sin embargo, mediáticamente lo utilizan”.

La reforma aprobada en el Senado es, según apunta Arbide, “plenamente coherente con el desahucio exprés, incluido en la Ley de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler [ver DIAGONAL nº 121]. Este conjunto de cambios en la Ley de Enjuiciamiento Civil fue introducido en diciembre para agilizar al máximo el proceso de desahucio. Cuando el juez admite la demanda, ya puede señalar no sólo el día de juicio sino también el del desalojo, y se crean oficinas de señalamiento inmediato. Para Jaume Asens se trata de “otra vuelta de tuerca, en clave neoliberal, de las sucesivas reformas para favorecer a los propietarios, en perjuicio de los inquilinos”. “En el actual momento de crisis económica”, reflexiona el letrado, “igual que con la actual reforma laboral se nos dice que para fomentar el trabajo deben facilitarse los despidos, en materia de vivienda se nos dice que para incentivar el alquiler deben facilitarse los desalojos, en vez de proteger al que por razones económicas no puede hacer frente a sus hipotecas o al alquiler”.

Y es precisamente este tipo de procedimientos, de carácter civil, los que están suponiendo una amenaza para el movimiento de okupación. En ciudades como Barcelona, donde el Ayuntamiento estima que en el último año la okupación ha ascendido un 11.2%, su verdadero enemigo son los procedimientos civiles, que permiten al juez dictar el desalojo desde el mismo momento de la denuncia. “Los propietarios acuden cada vez más a los juzgados civiles que a los penales, cuando no a los dos a la vez, para conseguir un desalojo rápido”, señala Asens, “y así las okupaciones cada vez duran menos”. En estos procesos, las posibilidades de defensa –a diferencia del penal– son casi nulas y el desalojo es “un fin inevitable”, afirma. Arbide, por su parte, subraya que “lo que cansa a la gente no es tanto una condena, como que cada tres o cuatro meses te echen de tu casa y tengas que buscarte otra”. Para Asens, la reforma del desahucio, “de hondo calado, se ha hecho sin apenas contestación en la calle” y “el movimiento de okupación no ha demostrado ninguna capacidad de reacción a pesar de ser una grave amenaza para su supervivencia. En eso debemos ser autocríticos”.

Jornadas Europeas en Cornellà

Entre el 16 y 20 de junio se celebraron en el Centro Social Okupado Laforsa, de Cornellà de Llobregat (Barcelona) las Jornadas Europeas de Okupación. En ellas, colectivos de todo el continente (Alemania, Francia, Holanda…) se reunieron para analizar el papel de la okupación, con el objetivo de reforzar las luchas de resistencia que intentan plantar cara al sistema capitalista, ante un escenario europeo cada vez más uniforme e interrelacionado.

Para ello, se plantearon charlas y debates en las que se valoraron tanto los cambios legales, políticos y sociales en torno a la ocupación como las respuestas de los distintos colectivos. Las jornadas se cerraron el sábado con una manifestación en defensa de los espacios liberados, en el barrio barcelonés de Vallcarca.

Desalojos sin orden judicial

Otro motivo reciente de preocupación para el movimiento de okupación catalán es el aumento de desalojos policiales sin orden judicial. En Catalunya, en los últimos años, era prácticamente mayoritaria la interpretación policial de no actuar cuando se producía una okupación. Se esperaba a que los jueces resolvieran sobre el desalojo.

“En los últimos meses, en cambio, algunas comisarías de los Mossos d’Esquadra” –señala el abogado Jaume Asens– “aplican el controvertido criterio de la flagrancia del delito para desalojar por su cuenta y de forma ilegal”.

Fuente: Diagonal

 

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