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Gobiernos inhumanos de estados infrahumanos

GOBIERNOS INHUMANOS DE ESTADOS INFRAUMANOS
 
 
Los gestores políticos de los gobiernos de los estados español y francés no parecen aptos evolutivos para garantizar y respetar los derechos y derechos humanos de las personas y personas encarceladas que incluso recogen en sus organismos jurídicos, organismos jurídicos que despojan y excluyen de derechos y derechos humanos a las personas por cuestión de nacionalidad y/o ideología política. Esas organizaciones jurídicas violan los derechos humanos anteponiendo códigos políticos a códigos jurídicos dejando subordinado y/o sometido el derecho y el Derecho Internacional en perjuicio de los valores fundamentales que debieran garantizar las llamadas cartas magnas para la defensa y protección de los derechos humanos que conculcan los gobiernos, quedando los derechos humanos fundamentales subordinados al dictado político de Estados lesivos. Estas violaciones y lesiones de derechos humanos contra las presas y presos Políticos vascos son consecuencia de la misma política de guerra, cruel y antihumana practicada contra la voluntad del Pueblo Vasco. Estados lesivos que a su vez co-accionan una política antisocial contra las diferentes manifestaciones expresadas por la sociedad vasca para el respeto a los derechos y derechos humanos de las presas y presos Políticos vascos que los gobiernos gestores de turno chantajean, violan, desoyen, coartan y extorsionan.
 
Raúl Ibañez de Garaio
 
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-Los siguientes son textos de denuncia publicados en Indymedia, los dos primeros también en la prensa local en las fechas indicadas:
 
ARTICULO 92 (JUNIO 2008)
 
Seguir manteniendo a personas encarceladas con enfermedades graves, degenerativas e incurables de las al menos trece presas y presos políticos vascos que padecen tal excepción en condiciones degradantes e inhumanas, es vulnerar la aplicación del artículo 92 del derecho a su excarcelación. El derecho no puede excluir de derecho a su propio sentido excepcionalmente. El sentido humano del derecho para los represaliados independentistas vascos no puede ser el silencio unánime de mantener excepcionalmente la vulneración de sus derechos en cárceles aniquiladoras. Estarían siendo objeto de una excepción que viola los derechos jurídicos, los derechos humanos y vulnera el derecho a la vida. Ningún ordenamiento jurídico realmente democrático y de derecho puede admitir y practicar la excepción como norma en base a prejuicios políticos o ideológicos. Tal derecho sería de razón política, jurídicamente incorrecto.
 
FUNDAMENTO SENCILLO DEL DERECHO (diciembre-2007) 

La no resolución del conflicto político no exime de aplicar el derecho que asiste a las personas presas con enfermedades graves de su derecho por derecho de acceder a la libertad condicional y a un tratamiento con recursos médicos suficientes y adecuados para su salud. El derecho a su excarcelación inmediata es norma fundamental del derecho a la vida que toda organización jurídica debe salvaguardar por encima de prejuicios políticos que pudieran dar como resultado otros fines drásticos para la vida e integridad de las personas. El derecho penal no puede ser contra el derecho a la dignidad de las personas presas ni contra el derecho a la vida. Tal derecho sería la excepción. Tal excepción vulnera el principio mismo del derecho. 
Las vascas y vascos con graves enfermedades que siguen encarceladas incluso habiendo cumplido las penas impuestas no pueden depender de otra cosa que no sea el derecho que las asiste en aplicación de los mismos derechos y derechos humanos. El derecho no puede excluir de derecho a su propio sentido excepcionalmente. La excepción en derecho por prejuicios políticos rompe la coherencia con su razón de ser para con los derechos de las personas y personas presas. 

DERECHO A SER EXCARCELADAS (diciembre 2010)
  
Las ciudadanas y ciudadanos de la Europadel siglo XXI que permanecen encarceladas incluso habiendo cumplido las condenas impuestas y padecen graves enfermedades no pueden depender de otra cosa que no sea el derecho que las asiste en aplicación de los mismos derechos y derechos humanos que a estas personas les están siendo violados y conculcados por un sistema jurídicopolítico que no garantiza ni respeta los valores ni los principios fundamentales de los derechos humanos. La coherencia de cualquier ordenamiento jurídico realmente de derecho y democrático no admitiría excluir del derecho a presas y presos por razón política. El derecho a su excarcelación es norma fundamental del derecho a la vida que toda organización jurídica debe salvaguardar por encima de prejuicios políticos que pudieran dar como resultado otros fines drásticos para la vida e integridad de las personas. Enfermedades graves e incurables no compatibles con la vida en la cárcel no pueden depender de una política gubernamental que cohabita con la violación y vulneración de los derechos de las personas presas en un estado de absoluto maltrato y dejadez en condiciones degradantes e inhumanas. Mantener a personas encarceladas en condiciones degradantes e inhumanas es una aberración jurídico-política que atenta contra los derechos humanos.
 
Las presas y presos políticos independentistas que están siendo sometidos a tal violación de derechos jurídicos y humanos tienen derecho a ser excarceladas en aplicación de los mismos derechos jurídicos y humanos que a éstas personas les están siendo negados y conculcados impunemente. Las presas y presos políticos vascos con enfermedades graves e incurables tienen derecho a un tratamiento médico adecuado y digno fuera de las prisiones sin condiciones o restricciones que obstaculicen y/o perjudiquen de manera flagrante u obscena derechos elementales y un correcto tratamiento médico.
 
Raúl Ibañez de Garaio (Euskal Herria)
 
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De la guerra sucia que oculta el estado y sus servidores:
http://euskalherria.indymedia.org/es/2011/06/75002.shtml
 
 

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