24311 REAL DECRETO 2797/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Jesús Ángel Izaguirre Apilánez.
Visto el expediente de indulto de don Jesús Ángel Izaguirre Apilánez,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado
en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido
en el artículo 4.o, apartado tercero, del Código Penal, condenado por el
Juzgado de lo Penal número 1 de Vitoria, en sentencia de fecha 12 de
septiembre de 1996, como autor de un delito de rehúse al cumplimiento
del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión y diez años de
inhabilitación absoluta, por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta
del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Jesús Ángel Izaguirre Apilánez la pena privativa
de libertad e inhabilitación impuestas, por otra de cuatro años de
inhabilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo
al servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer
delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
24312 REAL DECRETO 2798/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Isaac Mardaras Arrúe.
Visto el expediente de indulto de don Isaac Mardaras Arrúe, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
el Juzgado de lo Penal número 1 de Vitoria, en sentencia de fecha 20
de diciembre de 1996, como autor de un delito de negativa al cumplimiento
del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión y diez años de
inhabilitación absoluta, con las accesorias de suspensión de todo cargo
público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos
cometidos en el año 1993, a propuesta del Ministro de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre
de 2000,
Vengo en conmutar a don Isaac Mardaras Arrúe la pena privativa de
libertad e inhabilitación impuestas, por otra de cuatro años de inhabilitación
especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al servicio
de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito durante
el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
24313 REAL DECRETO 2799/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don José Manuel Martínez Ormaechea.
Visto el expediente de indulto de don José Manuel Martínez Ormaechea,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 1 de Vitoria, en sentencia
de fecha 24 de octubre de 1996, como autor de un delito de negativa
al cumplimiento del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión
y diez años de inhabilitación absoluta, con las accesorias de suspensión
de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta del Ministro de
Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del
día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don José Manuel Martínez Ormaechea la pena
privativa de libertad e inhabilitación impuestas, por otra de cuatro años
de inhabilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo
al servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer
delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
24314 REAL DECRETO 2800/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Carlos Martínez Serrano.
Visto el expediente de indulto de don Carlos Martínez Serrano, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 1 de Vitoria-Gasteiz, en sentencia de
fecha 7 de noviembre de 1996, como autor de un delito contra el deber
de prestación del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión y
diez años de inhabilitación absoluta, con las accesorias de suspensión
de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1992, a propuesta del Ministro de
Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del
día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Carlos Martínez Serrano la pena privativa
de libertad e inhabilitación impuestas, por otra de cuatro años de inhabilitación
especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al servicio
de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso
durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
24315 REAL DECRETO 2801/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Juan Antonio Meléndez Moreno.
Visto el expediente de indulto de don Juan Antonio Meléndez Moreno,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 1 de Vitoria, en sentencia
de fecha 6 de noviembre de 1996, como autor de un delito de negativa
al cumplimiento del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión
y diez años de inhabilitación absoluta, con las accesorias de suspensión
de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta del Ministro de
Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del
día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Juan Antonio Meléndez Moreno la pena
privativa de libertad e inhabilitación impuestas, por otra de cuatro años
de inhabilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo
al servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer
delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
24316 REAL DECRETO 2802/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don José Ignacio Molinuevo Merino.
Visto el expediente de indulto de don José Ignacio Molinuevo Merino,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 1 de Vitoria-Gasteiz, en sentencia
de fecha 13 de noviembre de 1996, como autor de un delito contra el
BOE núm. 312 Viernes 29 diciembre 2000 46613
deber de prestación del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión
y diez años de inhabilitación absoluta, con las accesorias de suspensión
de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1992, a propuesta del Ministro de
Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del
día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don José Ignacio Molinuevo Merino la pena privativa
de libertad e inhabilitación impuestas, por otra de cuatro años de
inhabilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo
al servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer
delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
24317 REAL DECRETO 2803/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Federico Yoldi Abaibar.
Visto el expediente de indulto de don Federico Yoldi Abaibar, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
el Juzgado de lo Penal número 2 de San Sebastián, en sentencia de fecha 24
de noviembre de 1994, como autor de un delito de negativa a la prestación
del servicio militar, a la pena de un año de prisión menor, con las accesorias
de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el
tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1990, a propuesta
del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Federico Yoldi Abaibar la pena privativa de
libertad e inhabilitación pendientes de cumplimiento, a condición de que
no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento
de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
24318 REAL DECRETO 2804/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Gorka Hurtado Urrionabarrenechea.
Visto el expediente de indulto de don Gorka Hurtado Urrionabarrenechea,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Bilbao, en sentencia
de fecha 27 de octubre de 1997, como autor de un delito contra el deber
de la prestación social sustitutoria, a la pena de dos años, cuatro meses
y un día de prisión, inhabilitación absoluta, suspensión de cargo público
y derecho de sufragio durante el mismo tiempo, por hechos cometidos
en el año 1993, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Gorka Hurtado Urrionabarrenechea la pena
privativa de libertad e inhabilitación pendientes de cumplimiento, a condición
de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de
normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
24319 REAL DECRETO 2805/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Iñaqui Recalde Larizgoitia.
Visto el expediente de indulto de don Iñaki Recalde Larizgoitia, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 2 de Bilbao, en sentencia de fecha
4 de marzo de 1998, como autor de un delito contra el cumplimiento
de la prestación social sustitutoria, a la pena de dos años, cuatro meses
y un día de prisión e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta del Ministro de
Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del
día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Iñaki Recalde Larizgoitia la pena privativa
de libertad e inhabilitación pendientes de cumplimiento, a condición de
que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento
de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
24320 REAL DECRETO 2806/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Iker Unzalu Gaztelurrutia.
Visto el expediente de indulto de don Iker Unzalu Gaztelurrutia, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 2 de Bilbao, en sentencia de fecha
29 de julio de 1997, como autor de un delito contra el deber de la prestación
del servicio militar, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de
prisión, suspensión de cargo público y derecho de sufragio e inhabilitación
absoluta durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el
año 1995, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Iker Unzalu Gaztelurrutia la pena privativa
de libertad e inhabilitación pendientes de cumplimiento, a condición de
que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento
de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA http://www.boe.es/boe/dias/2000/12/29/pdfs/A46612-46613.pdf
;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;
Más casos de condenas a la juventud Insumisa
24311 REAL DECRETO 2797/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Jesús Ángel Izaguirre Apilánez.
Visto el expediente de indulto de don Jesús Ángel Izaguirre Apilánez,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado
en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido
en el artículo 4.o, apartado tercero, del Código Penal, condenado por el
Juzgado de lo Penal número 1 de Vitoria, en sentencia de fecha 12 de
septiembre de 1996, como autor de un delito de rehúse al cumplimiento
del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión y diez años de
inhabilitación absoluta, por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta
del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Jesús Ángel Izaguirre Apilánez la pena privativa
de libertad e inhabilitación impuestas, por otra de cuatro años de
inhabilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo
al servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer
delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
24312 REAL DECRETO 2798/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Isaac Mardaras Arrúe.
Visto el expediente de indulto de don Isaac Mardaras Arrúe, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
el Juzgado de lo Penal número 1 de Vitoria, en sentencia de fecha 20
de diciembre de 1996, como autor de un delito de negativa al cumplimiento
del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión y diez años de
inhabilitación absoluta, con las accesorias de suspensión de todo cargo
público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos
cometidos en el año 1993, a propuesta del Ministro de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre
de 2000,
Vengo en conmutar a don Isaac Mardaras Arrúe la pena privativa de
libertad e inhabilitación impuestas, por otra de cuatro años de inhabilitación
especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al servicio
de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito durante
el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
24313 REAL DECRETO 2799/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don José Manuel Martínez Ormaechea.
Visto el expediente de indulto de don José Manuel Martínez Ormaechea,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 1 de Vitoria, en sentencia
de fecha 24 de octubre de 1996, como autor de un delito de negativa
al cumplimiento del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión
y diez años de inhabilitación absoluta, con las accesorias de suspensión
de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta del Ministro de
Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del
día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don José Manuel Martínez Ormaechea la pena
privativa de libertad e inhabilitación impuestas, por otra de cuatro años
de inhabilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo
al servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer
delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
24314 REAL DECRETO 2800/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Carlos Martínez Serrano.
Visto el expediente de indulto de don Carlos Martínez Serrano, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 1 de Vitoria-Gasteiz, en sentencia de
fecha 7 de noviembre de 1996, como autor de un delito contra el deber
de prestación del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión y
diez años de inhabilitación absoluta, con las accesorias de suspensión
de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1992, a propuesta del Ministro de
Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del
día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Carlos Martínez Serrano la pena privativa
de libertad e inhabilitación impuestas, por otra de cuatro años de inhabilitación
especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al servicio
de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso
durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
24315 REAL DECRETO 2801/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Juan Antonio Meléndez Moreno.
Visto el expediente de indulto de don Juan Antonio Meléndez Moreno,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 1 de Vitoria, en sentencia
de fecha 6 de noviembre de 1996, como autor de un delito de negativa
al cumplimiento del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión
y diez años de inhabilitación absoluta, con las accesorias de suspensión
de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta del Ministro de
Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del
día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Juan Antonio Meléndez Moreno la pena
privativa de libertad e inhabilitación impuestas, por otra de cuatro años
de inhabilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo
al servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer
delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
24316 REAL DECRETO 2802/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don José Ignacio Molinuevo Merino.
Visto el expediente de indulto de don José Ignacio Molinuevo Merino,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 1 de Vitoria-Gasteiz, en sentencia
de fecha 13 de noviembre de 1996, como autor de un delito contra el
BOE núm. 312 Viernes 29 diciembre 2000 46613
deber de prestación del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión
y diez años de inhabilitación absoluta, con las accesorias de suspensión
de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1992, a propuesta del Ministro de
Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del
día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don José Ignacio Molinuevo Merino la pena privativa
de libertad e inhabilitación impuestas, por otra de cuatro años de
inhabilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo
al servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer
delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
24317 REAL DECRETO 2803/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Federico Yoldi Abaibar.
Visto el expediente de indulto de don Federico Yoldi Abaibar, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
el Juzgado de lo Penal número 2 de San Sebastián, en sentencia de fecha 24
de noviembre de 1994, como autor de un delito de negativa a la prestación
del servicio militar, a la pena de un año de prisión menor, con las accesorias
de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el
tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1990, a propuesta
del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Federico Yoldi Abaibar la pena privativa de
libertad e inhabilitación pendientes de cumplimiento, a condición de que
no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento
de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
24318 REAL DECRETO 2804/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Gorka Hurtado Urrionabarrenechea.
Visto el expediente de indulto de don Gorka Hurtado Urrionabarrenechea,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Bilbao, en sentencia
de fecha 27 de octubre de 1997, como autor de un delito contra el deber
de la prestación social sustitutoria, a la pena de dos años, cuatro meses
y un día de prisión, inhabilitación absoluta, suspensión de cargo público
y derecho de sufragio durante el mismo tiempo, por hechos cometidos
en el año 1993, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Gorka Hurtado Urrionabarrenechea la pena
privativa de libertad e inhabilitación pendientes de cumplimiento, a condición
de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de
normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
24319 REAL DECRETO 2805/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Iñaqui Recalde Larizgoitia.
Visto el expediente de indulto de don Iñaki Recalde Larizgoitia, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 2 de Bilbao, en sentencia de fecha
4 de marzo de 1998, como autor de un delito contra el cumplimiento
de la prestación social sustitutoria, a la pena de dos años, cuatro meses
y un día de prisión e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta del Ministro de
Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del
día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Iñaki Recalde Larizgoitia la pena privativa
de libertad e inhabilitación pendientes de cumplimiento, a condición de
que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento
de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
24320 REAL DECRETO 2806/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Iker Unzalu Gaztelurrutia.
Visto el expediente de indulto de don Iker Unzalu Gaztelurrutia, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 2 de Bilbao, en sentencia de fecha
29 de julio de 1997, como autor de un delito contra el deber de la prestación
del servicio militar, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de
prisión, suspensión de cargo público y derecho de sufragio e inhabilitación
absoluta durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el
año 1995, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Iker Unzalu Gaztelurrutia la pena privativa
de libertad e inhabilitación pendientes de cumplimiento, a condición de
que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento
de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
http://www.boe.es/boe/dias/2000/12/29/pdfs/A46612-46613.pdf
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De cómo reprimen;
http://estrecho.indymedia.org/general/noticia/c-mo-reprimen
http://argentina.indymedia.org/news/2013/06/839595.php
http://venezuela.indymedia.org/es/2013/06/32411.shtml
http://ecuador.indymedia.org/es/2013/06/40530.shtml
http://pr.indymedia.org/news/2013/06/54690.php