Ya han pasado tres meses desde la aprobación en febrero de la reforma laboral y los datos que nos dan las estadísticas son poco sorprendentes: abaratar el despido no ha traído más contratos sino, lógicamente, más despidos.
La reforma laboral ha provocado un incremento de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE), modificaciones o extinciones del contrato que afectan a un número elevado de trabajadores/as en una misma empresa. Desde febrero hasta mayo, comparándolo con el mismo periodo del año anterior, el aumento ha sido del 75%, afectando a casi 20.000 personas, creciendo enormemente los que han sido aprobados sin acuerdo con los/as trabajadores/as. Los/as trabajadores/as afectados/ as por un ERE de suspensión (en los que el contrato de trabajo se suspende durante algunos meses, pasando el/ la trabajador/a a cobrar el paro) han aumentado un 79%. Mientras, el despido colectivo por causas objetivas (en el que la empresa alega causas económicas, productivas o de organización y su indemnización es de 20 días de salario por año trabajado) ha afectado a un 42% más de empleados/as que el año anterior.
En cambio, los ERE de reducción de jornada, han afectado a la mitad de trabajadores/as que en el periodo anterior. La razón es bien sencilla, se ha facilitado tanto el despido que al/la empresario/a le es igual de sencillo despedir a un/a empleado/a que reducirle la jornada, por lo que opta por echarle a la calle.
Otra de las consecuencias de la reforma ha sido la extensión de las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Alegando un descenso de los ingresos (que no pérdidas) en los dos últimos trimestres, la empresa puede reducir el salario, cambiar los horarios, el lugar de trabajo, las funciones a realizar… Si el/la trabajador/a no está de acuerdo con los cambios y logra probar que éstos le perjudican, puede extinguir su contrato e irse con una indemnización de 20 días por año trabajado. Por este motivo, esta herramienta está siendo usada por las empresas para hacer una especie de despido indirecto (te bajo el sueldo y te mando a trabajar a Murcia para que te vayas voluntariamente).
Mientras, el desempleo no para de aumentar, subiendo en el último mes tres décimas y afectando al 24,1% de la población general, y sufriendo un aumento desde el 50,1 % hasta el 50,9 % en la población joven.
Enmiendas a la reforma: otra vuelta de tuerca
Unos días después de que salieran las cifras que demostraban el fracaso de la reforma laboral a la hora de crear puestos de trabajo y detener la sangría de despidos, el Congreso introducía las enmiendas aprobadas por el PP y CiU antes de enviar el documento al Senado. El cambio más importante es la reducción de la ultraactividad de los convenios a sólo un año. Antes de la entrada en vigor de la reforma, cuando un convenio colectivo caducaba (vencía el plazo para el cual se había negociado), éste se prorrogaba indefinidamente por lo que las ventajas salariales o de otro tipo que se habían logrado en su negociación pervivían y servían de base para la negociación del siguiente convenio. La reforma de febrero reducía su vigencia a dos años desde su caducidad, y la enmienda pactada con CiU a propuesta de la Patronal la deja en sólo un año. Esto supondrá partir de una posición de negociación menos ventajosa, ya que el riesgo de no llegar a un acuerdo con la empresa en la aprobación del convenio colectivo es más elevado, dado que sin acuerdo se aplicaría directamente el Estatuto de los Trabajadores, lo que supondría peores condiciones laborales, menos ventajas salariales y la aplicación del salario mínimo interprofesional.
Más información sobre la reforma laboral y formas de plantarle cara en el monográfico del Todo por Hacer de febrero de 2012 www.todoporhacer.org/monografico-sobre-la-reforma-laboral