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El Grupo 17 de Marzo considera que en la sentencia de las AntiLou, existen indicios claros de la existencia de ficheros ideológicos

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EL GRUPO 17 DE MARZO CONSIDERA EN LA SENTENCIA DE LOS ANTILOU EXISTEN INDICIOS CLAROS DE LA EXISTENCIA DE FICHEROS IDEOLÓGICOS

Se ha presentado una ampliación de la queja, aportando dicha sentencia al Defensor del Pueblo Andaluz. El Defensor archivó la queja al negar la Delegación de gobierno la existencia de dichos archivos. La sentencia, según declaraciones de testigos pertenecientes a la Brigada de información dice lo contrario

El Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, abrió una investigación sobre la denuncia presentada por supuestos ficheros ideológicos de ciudadanos y activistas de izquierda en Sevilla, el pasado 9 de mayo, por el Grupo de Juristas 17 de marzo, a través del abogado Luis de los Santos, el Sindicato andaluz de trabajadores a través de su secretario general Diego Cañamero y la Red por la igualdad y derechos humanos a través de su portavoz Federico Noriega. En dicha denuncia el Grupo 17 de Marzo, denunciaba que “desde hace años, al menos desde 2001, hasta la actualidad, se sospecha que la Policía Nacional de Sevilla, en concreto la Brigada de Información y el Grupo Hércules de la Comisaría Centro de la Policía Nacional pueden manejar determinados datos de ciudadanos, sin control alguno por la administración”. Dichos ficheros, según la denuncia, pueden tener una finalidad política ideológica ya que es cuanto menos extraños que todas las personas  que aparecen como consecuencia de la presunta existencia de dichas bases de datos, pertenezcan  o hayan pertenecido en algún momento de su vida a la izquierda sindical, política y social de la ciudad de Sevilla.

En este escrito de ampliación que se adjunta, se ha aportado al Defensor del Pueblo Andaluz, la sentencia absolutoria del caso de la puertas del rectorado en el que varias de estas personas figuraban en informes en el que se relataba su militancia política, social y sindical de los últimos años.

La existencia de dichos informes y ficheros fue denunciada en el acto del juicio oral y reconocida su existencia y nulidad en sentencia tanto por el Ministerio Fiscal que lamentó dichos hechos, como de la jueza, tal y como se recoge en la sentencia en la página 15. En dicha sentencia se recoge que en las sesiones del juicio oral distintos miembros de la Brigada de Información, exponen que el método de identificación en gran parte al ser personas conocidas de la ciudad de Sevilla por su identificación anterior al participar en manifestaciones y concentraciones, y porque algunos tenían antecedentes policiales” continúa diciendo que “usaron un fichero de datos de actuaciones anteriores que no reveló por estar amparado por la Ley de Secretos Oficiales” (folios 40, 41 y 42 de la sentencia).

 ¿Quién no dice la verdad entonces, el testigo policía nacional de la Brigada de Información, o la Delegación del Gobierno?. Desde el Grupo 17 de Marzo, se considera necesario que el Defensor abra de nuevo dicha investigación con las nuevas pruebas aportadas, asimismo que dichas contradicciones sean explicadas por el actual Delegado del Gobierno en Andalucía, el cual debería abrir una investigación al objeto de depurar responsabilidades políticas y administrativas cosa que aún no ha hecho, lo que demuestra el nulo compromiso de investigar este tipo de hechos.

 

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