Indymedia Estrecho / Madiaq - FISCONLAB http://estrecho.indymedia.org/taxonomy/term/3459/0 es ¿DE 41 A 5 MODELOS DE CONTRATOS? http://estrecho.indymedia.org/andaluc/noticia/41-5-modelos-contratos <div class="blog_image alignleft"> <span class="frame alignleft blogimage"><a class="imgeffect plus" href="http://www.fisconlab.com/wp-content/uploads/de-41-a-5.jpg" rel="prettyPhoto[rt_theme_posts]" title="¿DE 41 A 5 MODELOS DE CONTRATOS?"><span class="imagemask imgeffect plus"><img alt="" src="http://www.fisconlab.com/wp-content/uploads/de-41-a-5-223x200.jpg" /> </span></a></span></div> <p>&nbsp;</p> <p><span><em>&ldquo;El gobierno dice que se reducen los modelos de contrato de 41 a 5, cuando la realidad es que no desaparece ni un solo modelo de los contratos actuales, sino que los agrupan en 5 formularios.</em></span></p> <p><span><em>Esto significa que habr&aacute; que escoger uno de los 5 formularos establecidos (indefinido, temporal, de relevo, de pr&aacute;cticas y de formaci&oacute;n) y, probablemente, tendremos que marcar una casilla para indicar el tipo de contrato por el que se opta.&rdquo;</em></span></p> <p>El pasado 29 de Agosto, F&aacute;tima B&aacute;&ntilde;ez, Ministra de Empleo y Seguridad Social, anunci&oacute; que el <strong>Gobierno pretende reducir el n&uacute;mero de modelos de contrato de 41 a 5&hellip;</strong><span>&iquest;seguro?</span></p> <p>La ministra ha explicado que <strong>existe de un elevado n&uacute;mero de formularios de contrataci&oacute;n y un &ldquo;sistema complejo&rdquo; de bonificaciones, </strong>lo que supone una<strong> &ldquo;barrera&rdquo; para el peque&ntilde;o empresario a la hora de contratar&hellip; </strong><span>y estamos de acuerdo!!</span></p> <p>De hecho, es suficiente con echarle un vistazo a la <a href="http://www.empleo.gob.es/es/informacion/contratos/" target="_blank" title="Los contratos de trabajo. Modalidades e incentivos ">p&aacute;gina web principal de Ministerio de Empleo</a> sobre esta materia para corroborarlo.</p> <p>Pero si ahondamos en la informaci&oacute;n expuesta por la ministra, la realidad es diferente a lo anunciado en el Congreso.<strong> El Gobierno no eliminar&aacute; ni uno solo de los contratos vigentes en la actualidad.</strong> Todos los tipos existentes seguir&aacute;n en vigor. Es decir, las 41 modalidades que el ministerio reconoce (algunos expertos hablan de m&aacute;s de 80, contando excepciones, bonificaciones y sub-tipos) estar&aacute;n a disposici&oacute;n de los empresarios dentro de unos meses. <span>Exactamente igual que ahora.</span></p> <p><strong>Por lo tanto, &iquest;d&oacute;nde est&aacute; el cambio?</strong> Nosotros os lo explicamos:<br /> <strong>El cambio es estrictamente administrativo</strong>, o lo que es lo mismo, se simplificar&aacute; la tarea de los departamentos de recursos humanos ya que para ellos ser&aacute; m&aacute;s sencillo escoger qu&eacute; contrato hacer para un nuevo trabajador.<br /> <strong>Ya no habr&aacute; 41 formularios sino que s&oacute;lo quedar&aacute;n 5: indefinido, temporal, de relevo, de pr&aacute;cticas y de formaci&oacute;n.</strong> Eso s&iacute;, en esos 5 grandes modelos estar&aacute;n incluidos los 41 existentes en la actualidad. <span>Cambia la forma, pero no el fondo.</span></p> <p>De este modo el empresario que quiera contratar a un nuevo trabajador deber&aacute; elegir entre los 5 formularios establecidos y, probablemente, marcar una casilla, para indicar el tipo de contrato por el que opta.</p> <p>As&iacute; vemos que <strong>la peque&ntilde;a y mediana empresa</strong> que de manera general carece de departamento de RRHH donde poder elegir entre este amplio abanico de posibilidades contractuales en atenci&oacute;n a las caracter&iacute;sticas de cada uno de ellos, en el momento de solventar la duda <em><strong>&ldquo;&iquest;qu&eacute; contrato hago?&rdquo;</strong></em>, se encontrar&aacute; en la misma tesitura que hasta ahora.</p> <p><span>Desde nuestro punto de vista,</span> la realidad es que <strong>al peque&ntilde;o empresario</strong>, que no dispone de un departamento de recursos humanos, <strong>de poco le va a ayudar esta nueva reestructuraci&oacute;n</strong>, tal y como nos venden desde la administraci&oacute;n central. Creemos que el peque&ntilde;o empresario, dentro de sus m&uacute;ltiples funciones diarias, no podr&aacute; dedicarse a estudiar qu&eacute; tipo de contrato aplicar, ni a&uacute;n con esta agrupaci&oacute;n de 5 modelos marco (que contienen el resto de modelos). En la mayor&iacute;a de los casos, recurrir&aacute;n a los servicios de asesor&iacute;a que tienen contratados, quienes son los que deber&aacute;n orientar a &eacute;ste a elegir el modelo de contrato m&aacute;s adecuado.</p> <p> Esta publicaci&oacute;n es de <a href="http://www.fisconlab.com/contacto"><strong>Fisconlab, Servicos de Gesti&oacute;n y Asesor&iacute;a de Empresas</strong></a></p> http://estrecho.indymedia.org/andaluc/noticia/41-5-modelos-contratos#comments Andalucía Asesoría bonificaciones contable contrato de formación contrato de prácticas contrato de relevo contrato indefinido contrato temporal de 41 a 5 modelos de contratos Empresa Fatima Bañez fiscal FISCONLAB formularios de contratación Gestoría Informe de Evaluación del Impacto de la Reforma Laboral laboral modelos de contrato Pyme Fri, 30 Aug 2013 17:51:05 +0000 6322 at http://estrecho.indymedia.org Subvenciones VIGENTES para Pymes, Autónomos y Emprendedores http://estrecho.indymedia.org/andalucia/noticia/subvenciones-vigentes-para-pymes-autonomos-y-emprendedores <p>A estas alturas del a&ntilde;o, y con la que est&aacute; cayendo, son pocas las <strong><em>ayudas a fondo perdido</em></strong> que siguen vigentes. Es cierto que, como&nbsp; dice el refr&aacute;n,&nbsp; <strong><em>&ldquo;nadie da duros a pesetas&rdquo;</em></strong>y por ello, todos solemos desconfiar de esas financiaciones, cr&eacute;ditos y pr&eacute;stamos que aunque se devuelven atendiendo a un tipo de inter&eacute;s reducido, por tratarse de financiaci&oacute;n dirigida a la<strong><em>estimulaci&oacute;n del tejido empresarial nacional</em></strong><em>, </em>en definitiva, hay que devolverlas.<br /> El objetivo principal&nbsp; de esta publicaci&oacute;n es facilitaros toda la informaci&oacute;n sin que teng&aacute;is que deambular por la web, muchas veces con resultados decepcionantes, y as&iacute; pod&aacute;is dedicar todo vuestro tiempo a vuestro preciado negocio.<br /> A continuaci&oacute;n, proporcionamos <strong>cuatro ayudas</strong> que cumplen este requisito (a fondo perdido), sino en su totalidad en algunas de sus l&iacute;neas:<br /> 1.&nbsp;&nbsp; &nbsp;<a href="http://www.ayudas.net/Incentivos_fomento_innovacion_desarrollo_empresarial-10510BT1ERP19O1PQ.htm" target="_blank" title="1. Incentivos para el fomento de la innovación y el desarrollo empresarial (2008-2013) "><strong><em>Incentivos para el fomento de la innovaci&oacute;n y el desarrollo empresarial (2008-2013)</em></strong></a>. El plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes finaliza el 30/06/2013.<br /> 2.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;<a href="http://www.camaracadiz.com/descargas/resumen-empresas-crisis.pdf" target="_blank" title="Ayudas a empresas viables con dificultades coyunturales en Andalucía"><strong><em>Ayudas a empresas viables con dificultades coyunturales en Andaluc&iacute;a.</em></strong></a> El plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes finaliza el 09/10/2012.<br /> 3.&nbsp;&nbsp; &nbsp;<a href="http://www.extenda.es/web/opencms/servicios/cuales-son/subvenciones/programa_0024B.html" target="_blank" title="Programa de apoyo a la consolidación internacional de la empresa andaluza"><strong><em>Programa de apoyo a la consolidaci&oacute;n internacional de la empresa andaluza</em></strong></a>. El plazo de presentaci&oacute;n de solicitudes finaliza el 31/12/2012.<br /> 4.&nbsp;&nbsp; &nbsp;<a href="http://www.juntadeandalucia.es/empleo/www/tramites-y-servicios/ayudas-y-subvenciones/detalle?id=149" target="_blank" title="Ayudas a corporaciones locales, consorcios UTEDLT y empresas de I+E dirigidas al fomento del desarrollo local (ALPES)"><strong><em>Ayudas a corporaciones locales, consorcios UTEDLT y empresas de I+E dirigidas al fomento del desarrollo local (ALPES).</em></strong></a> Existen diferentes l&iacute;neas de ayuda durante todo el 2012, con diferentes plazos de presentaci&oacute;n d solicitud.<br /> Incluimos algunos <strong>enlaces interesantes a webs que contienen diversos tipos de ayudas a empresa:</strong><br /> -&nbsp;&nbsp; &nbsp;<a href="http://www.agenciaidea.es/web/guest/ayudas" target="_blank" title="Agencia IDEA">Agencia IDEA</a><br /> -&nbsp;&nbsp; &nbsp;<a href="http://www.enisa.es/" target="_blank" title="Portal Enisa">Enisa</a><br /> -&nbsp;&nbsp; &nbsp;<a href="http://www.juntadeandalucia.es/medidascrisis/principal_medida.php?id_medida=21" target="_blank" title="Portal de Medidas contra la Crisis Económica de la Junta de Andalucía">Portal de Medidas contra la Crisis Econ&oacute;mica de la Junta de Andaluc&iacute;a</a><br /> Por &uacute;ltimo, un consejo. <strong>No se debe montar nunca una empresa pensando en las subvenciones</strong> que se han solicitado y, menos a&uacute;n, no se deben considerar como integrantes del plan de negocio que hay&aacute;is&nbsp; desarrollado para la creaci&oacute;n o puesta a punto de vuestro negocio.<br /> Las subvenciones, si llegan, bienvenidas sean, pero tambi&eacute;n existe, y debe de tenerse muy en cuenta, la posibilidad de que no lleguen nunca o&nbsp; que se agoten las l&iacute;neas de financiaci&oacute;n antes que se produzca una concesi&oacute;n r&aacute;pida y efectiva de la subvenci&oacute;n.<br /> A&uacute;n as&iacute;, <strong>las subvenciones, aunque pocas en la actualidad, est&aacute;n ah&iacute; y est&aacute;n para solicitarlas</strong>, por lo que os animamos a que, si alguna es de vuestro inter&eacute;s y cumpl&iacute;s los requisitos solicitados, <strong>no desaprovech&eacute;is la posibilidad</strong>.</p> <table id="attachments" class="sticky-enabled"> <thead><tr><th>Adjunto</th><th>Tamaño</th> </tr></thead> <tbody> <tr class="odd"><td><a href="http://estrecho.indymedia.org/sites/default/files/subvenciones.jpg">subvenciones.jpg</a></td><td>10.22 KB</td> </tr> </tbody> </table> http://estrecho.indymedia.org/andalucia/noticia/subvenciones-vigentes-para-pymes-autonomos-y-emprendedores#comments Andalucía apoyo a la consolidación internacional de la empresa Ayudas Ayudas a empresas viables con dificultades coyunturales en Andalucía ayudas a fondo perdido empresas de I+E Enisa FISCONLAB IDEA Incentivos para el fomento de la innovación y el desarrollo empresarial Medidas contra la crisis Subvenciones tejido empresarial nacional Fri, 06 Jul 2012 14:21:08 +0000 5826 at http://estrecho.indymedia.org RESUMEN DE LAS ENMIENDAS A LA REFORMA LABORAL http://estrecho.indymedia.org/andalucia/noticia/resumen-las-enmiendas-reforma-laboral <div class="rtejustify"> <img alt="Resumen de las Enmiendas a la Reforma Laboral 2012" src="http://www.fisconlab.com/wp-content/uploads/Resumen-ref-labo.png" /><br /> El pasado mes de abril el gobierno present&oacute; un documento con <strong><em>41 enmiendas parciales a la Reforma Laboral aprobada por el Real decreto-ley 3/2012. </em></strong><br /> &nbsp;<br /> El jueves 24 de mayo de 2012, el Congreso de los Diputados <strong>aprob&oacute; 26 de estas 41 <em>enmiendas</em> </strong>con las que se modificar&aacute; el texto legal. Una vez se actualiceser&aacute; enviado al Senado para su visto bueno definitivo y, finalmente, &eacute;ste lo devolver&aacute; al Congreso en junio para su aprobaci&oacute;n definitiva. <p> Debido a lo extensa que este esta informaci&oacute;n y para que no os resulte tediosa la lectura de la presente publicaci&oacute;n, esta semana os presentaremos la <em>1&ordf; Parte</em> del <strong>re<em>sumen de las enmiendas </em></strong>m&aacute;s importantes que han afectado<strong><em>a la Reforma Laboral</em></strong> donde se establecen los t&eacute;rminos alterados por las modificaciones incorporadas a la Reforma Laboral aprobada por el Real decreto-ley 3/2012(sin olvidar de que sigue pendiente del visto bueno definitivo por el Senado y su aprobaci&oacute;n final por el Congreso):<br /> &nbsp;<br /> &nbsp;<br /> <strong>CONTRATACI&Oacute;N:</strong><br /> - <strong><em>Contrato de emprendedores</em>: </strong>en caso de contrataci&oacute;n de personas mayores de 45 a&ntilde;os, se elimina la limitaci&oacute;n de estar, al menos, 12 meses en el paro de los 18 anteriores a la contrataci&oacute;n.<br /> - <strong><em>Contrato de formaci&oacute;n y aprendizaje:</em> </strong>Las empresas podr&aacute;n prorrogar hasta en dos ocasiones los contratos de formaci&oacute;n y aprendizaje siempre que haya acuerdo entre las partes y en suma no se superen los tres a&ntilde;os de duraci&oacute;n. Por otro lado, las situaciones de IT, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia no interrumpir&aacute;n el c&oacute;mputo de la duraci&oacute;n del contrato; y la impartici&oacute;n de la formaci&oacute;n deber&aacute; justificarse a la finalizaci&oacute;n del contrato.<br /> - <strong><em>Encadenamiento de contratos:</em> </strong>No se computar&aacute; el tiempo transcurrido entre el 31 de agosto de 2011 y el 31 de diciembre de 2012.<br /> &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;<br /> <strong>BONIFICACIONES A LA CONTRATACI&Oacute;N:</strong><br /> - <strong>Bonificaciones por contrataci&oacute;n indefinida </strong>de trabajadores excluidos socialmente, de v&iacute;ctimas del terrorismo, de v&iacute;ctimas de violencia de g&eacute;nero o dom&eacute;stica, se aplicar&aacute;n tambi&eacute;n a la transformaci&oacute;n de contratos temporales en indefinido de estos colectivos.<br /> - <strong>Bonificaciones por nuevas altas de familiares colaboradores de trabajadores aut&oacute;nomos: </strong>se bonificar&aacute; durante 18 meses el 50% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base m&iacute;nima el tipo correspondiente de cotizaci&oacute;n vigente en cada momento en el R&eacute;gimen especial que corresponda.<br /> - <strong>Bonificaciones en el sector de turismo: </strong>para los contratos fijos-discontinuos, efectuados entre los meses de marzo y noviembre, se aplicar&aacute; una bonificaci&oacute;n del 50% sobre las cuotas empresariales.<br /> &nbsp;<br /> <strong>EXTINCI&Oacute;N DEL CONTRATO</strong><br /> - <strong>Despidos colectivos: </strong>podr&aacute; acordarse la posibilidad de sustituir directamente el periodo de consulta por el sometimiento a la mediaci&oacute;n o al arbitraje.<br /> - <strong>FOGASA (Fondo de Garant&iacute;a Salarial)</strong>: este fondo compensar&aacute; directamente a los trabajadores y no abonar&aacute; nada en caso de despidos improcedentes.<br /> - <strong>Indemnizaciones: </strong>la indemnizaci&oacute;n por per&iacute;odos inferiores a un a&ntilde;o se calcular&aacute; mediante el prorrateo por meses en cada uno de los tramos utilizados.<br /> - <strong>IRPF</strong>: Al desaparecer el <em>&quot;despido expr&eacute;s&quot;</em> se elimina la exenci&oacute;n de las indemnizaciones por despido<br /> - <strong>Causas econ&oacute;micas: </strong>En la definici&oacute;n de causas econ&oacute;micas se incorporando el t&eacute;rmino <em>&quot;ingresos ordinarios</em>&quot;. Se establece que los tres trimestres consecutivos de disminuci&oacute;n de ingresos econ&oacute;micos han de compararse con el mismo periodo del a&ntilde;o anterior.<br /> - Se modifica la Ley de Jurisdicci&oacute;n Social (Ley 36/2011) para clarificar el procedimiento de impugnaci&oacute;n de los despidos colectivos por causas econ&oacute;micas, organizativas, t&eacute;cnicas o de producci&oacute;n o derivadas de fuerza mayor.<br /> - <strong>Despidos colectivos que afecten a trabajadores de cincuenta o m&aacute;s a&ntilde;os en empresas con beneficios</strong>: esta modificaci&oacute;n es extensiva &nbsp;a las empresas de 100 o m&aacute;s trabajadores y se desarrolla la regulaci&oacute;n del c&aacute;lculo de la aportaci&oacute;n econ&oacute;mica.<br /> &nbsp;<br /> Etiquetas: resumen de las enmiendas a la Reforma Laboral, Reforma Laboral aprobada por el Real decreto-ley 3/2012, CONTRATACI&Oacute;N, BONIFICACIONES A LA CONTRATACI&Oacute;N, EXTINCI&Oacute;N DEL CONTRATO, Contrato de emprendedores, Contrato de formaci&oacute;n y aprendizaje, Encadenamiento de contratos, Despidos colectivos, Indemnizaciones, despido expr&eacute;s, ingresos ordinarios, FOGASA.</p> <p> <strong>TIEMPO DE TRABAJO:</strong><br /> - <strong>Distribuci&oacute;n irregular de la jornada: </strong>Mediante convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se puede establecer la distribuci&oacute;n irregular de la jornada a lo largo del a&ntilde;o, pero en defecto de pacto, la empresa podr&aacute; distribuir de manera irregular a lo largo del a&ntilde;o un porcentaje de la jornada de trabajo que pasa de ser un 5% a un 10%<br /> - Se promover&aacute; la utilizaci&oacute;n de la jornada continuada, el horario flexible u otros modos de organizaci&oacute;n del tiempo de trabajo que permitan una mayor compatibilidad entre la productividad y la <strong><em>conciliaci&oacute;n familiar</em>, </strong>personal y laboral.<br /> &nbsp;<br /> <strong>NEGOCIACI&Oacute;N COLECTIVA:</strong><br /> - <strong>Ultraactividad: </strong>se limita la ultraactividad de los convenios de 2 a&ntilde;os a 1.<br /> - <strong>Registro de convenios: </strong>aumenta de 10 a 20 d&iacute;as el tiempo del que dispondr&aacute; la autoridad laboral para publicar un convenio desde el momento en que se registra.<br /> - <strong>Convenios de empresa</strong>: los convenios de empresa podr&aacute;n negociarse y adoptarse durante la vigencia de convenios colectivos de &aacute;mbito superior con los que concurran.<br /> - <strong>Descuelgue del convenio:</strong> La inaplicaci&oacute;n del convenio colectivo no conlleva la inaplicaci&oacute;n de las obligaciones establecidas para la eliminaci&oacute;n de la discriminaci&oacute;n por razones de g&eacute;nero o en el Plan de Igualdad.<br /> - En la definici&oacute;n de causas econ&oacute;micas se incorporando el t&eacute;rmino <strong><em>&quot;ingresos ordinarios</em>&quot;.</strong> Se establece que los tres trimestres consecutivos de disminuci&oacute;n de ingresos econ&oacute;micos han de compararse con el mismo periodo del a&ntilde;o anterior.<br /> - A efectos de dep&oacute;sito, la inaplicaci&oacute;n se comunicar&aacute; a la autoridad laboral.<br /> - <strong>Comisi&oacute;n Consultiva Nacional de Convenios Colectivos: </strong>se da m&aacute;s importancia a la CCNCC, asesorando en &aacute;mbitos funcionales, extensiones, descuelgues del convenio.<br /> &nbsp;<br /> <strong>FORMACI&Oacute;N:</strong><br /> - La <strong>cuenta de formaci&oacute;n </strong>recoger&aacute; la formaci&oacute;n profesional acreditable oficialmente y las titulaciones universitarias.<br /> - El <strong>permiso de formaci&oacute;n </strong>de 20 horas anuales que era acumulable durante 3 a&ntilde;os, pasa a poder acumularse hasta 5 a&ntilde;os. Adem&aacute;s, la formaci&oacute;n estar&aacute; vinculada al puesto de trabajo y a la actividad de la empresa.<br /> - El tiempo destinado a la formaci&oacute;n de trabajadores para su <strong>adaptaci&oacute;n a las modificaciones t&eacute;cnicas del puesto de trabajo</strong>, se considerar&aacute; tiempo de trabajo efectivo<br /> - Para la <strong>planificaci&oacute;n del subsistema de formaci&oacute;n profesional para el empleo </strong>se tendr&aacute;n en cuenta a los profesionales aut&oacute;nomos y empresas de econom&iacute;a social.<br /> &nbsp;<br /> <strong>DISCAPACITADOS</strong><br /> - <strong>Fomento del empleo y de las m</strong><strong>edidas de apoyo para su mantenimiento</strong> respecto a personas con discapacidad.<br /> - El Congreso establece un mandato al Ejecutivo para que se comprometa a elaborar, en los pr&oacute;ximos doce meses, un <strong>proyecto de ley de promoci&oacute;n de la inclusi&oacute;n laboral de las personas con discapacidad</strong>, que articule un nuevo marco normativo para la inserci&oacute;n socio-laboral de esta parte de la ciudadan&iacute;a.<br /> - Favorecer la <strong>movilidad geogr&aacute;fica </strong>de este colectivo cuando acrediten la necesidad de recibir fuera de su localidad un tratamiento de rehabilitaci&oacute;n, f&iacute;sico o psicol&oacute;gico relacionado con su discapacidad.<br /> &nbsp;<br /> <strong>V&Iacute;CTIMAS DEL TERRORISMO</strong><br /> <strong>- Incentivar la contrataci&oacute;n</strong>de este colectivo.<br /> &nbsp;<br /> <strong>EMPLEO:</strong><br /> - <strong>ETT y agencias de colocaci&oacute;n: </strong>mediante una declaraci&oacute;n responsable de cumplimiento de la normativa reguladora, las ETT pod&iacute;an actuar como agencias de colocaci&oacute;n, mientras que a partir de ahora ser&aacute; necesario obtener la <strong>&quot;<em>autorizaci&oacute;n del Servicio P&uacute;blico de Empleo competente</em>&quot;.</strong><br /> - <strong>Empresas de inserci&oacute;n: </strong><strong>Compromiso de actualizaci&oacute;n y revisi&oacute;n de la regulaci&oacute;n del r&eacute;gimen de las empresas de inserci&oacute;n</strong>. Con el fin de mejorar la actividad empresarial y las actuaciones sociales de las empresas de inserci&oacute;n, el Gobierno, dentro de las competencias de &aacute;mbito estatal que le corresponden en esta materia, antes del 1 de enero de 2014 aprobar&aacute; un proyecto de ley que actualice y revise la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulaci&oacute;n del r&eacute;gimen de las empresas de inserci&oacute;n<br /> - <strong>Evaluaci&oacute;n: </strong>Compromiso de informe sobre el impacto de la reforma y memoria de las pol&iacute;ticas activas de empleo.<br /> &nbsp;<br /> <strong>IT:</strong><strong>Compromiso de modificar el r&eacute;gimen jur&iacute;dico de las Mutuas.</strong><br /> &nbsp;<br /> <strong>EMPLEADOS DE HOGAR:</strong><br /> - Compromiso de informe sobre el balance de los primeros meses con la nueva regulaci&oacute;n de este colectivo.<br /> &nbsp;<br /> <strong>ADMINISTRACI&Oacute;N</strong><br /> - Establecimiento de criterios de ajuste y l&iacute;mites en los contratos mercantiles y de alta direcci&oacute;n en las administraciones estatales, auton&oacute;micas y locales.</p> <p> Fuente de la informaci&oacute;n publicada en esta noticia: <a href="http://www.fisconlab.com/">FISCONLAB, Servicios de Gesti&oacute;n y Asesor&iacute;a de Empresas.</a></p> <p> Contacta con nosotros desde <a href="http://www.fisconlab.com/contacto" target="_blank" title="Contacta con nosotros"><strong>aqu&iacute;</strong></a> o acude a las oficinas de <strong>FISCONLAB</strong>, en Torneo Parque Empresarial de <strong><em>Sevilla</em></strong> y te atenderemos personalmente.</p></div> http://estrecho.indymedia.org/andalucia/noticia/resumen-las-enmiendas-reforma-laboral#comments Andalucía Conciliación Familiar CONTRATACIÓN Contratos Discapacitados Contratos Empleados de Hogar Contratos Víctimas del Terrorismo FISCONLAB ingresos ordinarios Movilidad Geográfica Reforma Laboral aprobada por el Real decreto-ley 3/2012 RESUMEN ENMIENDAS REFORMA LABORAL Servicio Público de Empleo Wed, 13 Jun 2012 20:21:34 +0000 5691 at http://estrecho.indymedia.org